DÍA MUNDIAL CONTRA LA TRATA DE PERSONAS

La Asamblea General de las Naciones Unidas, mediante Resolución aprobada el día 18 de diciembre de 2013, designó el 30 de julio como DÍA MUNDIAL CONTRA LA TRATA DE PERSONAS, para que se conmemorará todos los años a partir de 2014.

En dicha resolución exhortó a los Estados Miembros a que se esforzaran por tipificar como delito la trata de personas en todas sus formas, incluidas la explotación laboral y la explotación comercial sexual de los niños, incluso por los turistas, a que condenaran estas prácticas y a que investigaran, enjuiciaran y sancionaran a los tratantes e intermediarios, a la vez que dieran protección y asistencia a las víctimas de la trata con pleno respeto de sus derechos humanos.

El Salvador adoptó dicha resolución y mediante Decreto Legislativo N°824, de fecha 16 de octubre de 2014, publicado en el Diario Oficial N°213, Tomo N°405, del 14 de noviembre de 2014, aprobó LA LEY ESPECIAL CONTRA LA TRATA DE PERSONAS, previamente mediante el Decreto Legislativo N°238, de fecha 18 de diciembre de 2003, publicado en el Diario Oficial N°240, Tomo N°361, del 23 de ese mismo mes y año, había adoptado el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transnacional.

LA LEY ESPECIAL CONTRA LA TRATA DE PERSONAS

 

Esta ley tiene por objeto, de acuerdo con su Art. 1, la detección, prevención, persecución y sanción del Delito de Trata de Personas, así como la atención, protección y restitución integrales de los derechos de las víctimas, personas dependientes o responsables procurando los mecanismos que posibiliten este propósito.Por eso en esta ley no sólo se tipifican los delitos relacionados con la trata de personas, sino que, además, se incluyen disposiciones sobre:

• Creación, integración, financiamiento y atribuciones del Consejo Nacional contra la trata de personas y sus dependencias.
• Contenidos de la Política Nacional contra la Trata de Personas.
• Prevención de la trata de personas.
• Atención y protección integrales a las víctimas.
• Acceso efectivo a la justicia y trato justo a las víctimas.
• Seguridad migratoria.
• Creación del Sistema Nacional de Información sobre la Trata de Personas.
• Creación del Fondo de Atención a las Víctimas del Delito de Trata de Personas.
• Disposiciones procesales especiales.

POR TODO ESTO…

En el Día Mundial contra la Trata de Personas resulta bueno recordar que El Salvador cuenta con todo el andamiaje jurídico normativo e institucional, al menos en el papel, que le permite combatir esta moderna forma de esclavitud.

 

Por: Délmer Rodríguez | Socio

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